jueves, 26 de marzo de 2009

Hace dos años... “Principios de Yogyakarta”

"PRINCIPIO 2. Los derechos a la igualdad y a la no discriminación
...

La discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género incluye toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la orientación sexual o la identidad de género que tenga por objeto o por resultado la anulación o el menoscabo del reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de los derechos humanos y las libertades fundamentales. La discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género puede verse y por lo común se ve agravada por la discriminación basada en otras causales, incluyendo el género, raza, edad, religión, discapacidad, estado de salud y posición económica."



lunes, 26 de marzo de 2007
COMUNICADO DE PRENSA

EXPERTOS DIVULGAN UN TEXTO PIONERO: LOS PRINCIPIOS SOBRE ORIENTACIÓN SEXUAL, IDENTIDAD DE GÉNERO Y DERECHOS HUMANOS

Los “Principios de Yogyakarta” exhortan a una nueva acción mundial
contra la discriminación y los abusos


Un texto pionero con principios legales internacionales sobre la orientación sexual, la identidad de género y el derecho internacional dicta la pauta para que las Naciones Unidas y los gobiernos avancen hacia garantizar el alcance universal de las protecciones a los derechos humanos. Los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de las leyes internacionales de Derechos Humanos en relación a la Orientación Sexual y la Identidad de Género fueron presentados el día de hoy por un grupo de 29 expertos del mundo en derechos humanos.

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Los Principios ratifican las normas legales vinculantes que los Estados deben cumplir. Fueron adoptados por un distinguido grupo de expertos en derecho internacional tras una reunión en Yogyakarta, Indonesia. Entre los expertos estuvieron: un ex Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, expertos independientes de la ONU, actuales y anteriores miembros de órganos de los tratados de derechos humanos, jueces, académicos y defensores de los derechos humanos.

“Los derechos humanos son para todas las personas, sin reservas”, dijo Sonia Onufer Corrêa de Brasil, co-presidente del grupo de expertos. “Sin embargo, mujeres, hombres, y en general cualquier persona cuya sexualidad difiera de las normas dominantes sufren violaciones sexuales, torturas, asesinatos, violencia y abusos debido a su orientación sexual e identidad de género. Estos Principios ratifican que los derechos humanos no admiten excepciones”.

La Srita. Corrêa es investigadora adjunta de la Asociación Brasileña Interdisciplinaria contra el SIDA (ABIA) y co-presidente de Sexuality Policy Watch.

Los Principios de Yogyakarta exhortan al sistema de derechos humanos de la ONU, las instituciones nacionales de derechos humanos, las organizaciones no gubernamentales y a otras instancias a que tomen acciones. Hoy es su lanzamiento durante diferentes eventos que se llevan a cabo de forma paralela a la sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra, foro donde el año pasado 54 Estados hicieran un llamado al Consejo para que respondiera ante las gravísimas violaciones de derechos humanos de lesbianas, homosexuales, bisexuales y personas transgénero.

“Los mecanismos de derechos humanos de la ONU han defendido el goce universal de los derechos humanos y total inclusión de todas las personas en proceso de desarrollo, independientemente de su orientación sexual, identidad de género u otra característica”, agregó el profesor Vitit Muntarbhorn de Tailandia, co-presidente del grupo de expertos. “Los Principios de Yogyakarta se basan en el desarrollo positivo del derecho internacional y proporciona claridad en cuanto a las acciones que es necesario tomar con respecto a las orientaciones sexuales e identidades de género”.

El profesor Muntarbhorn es Relator Especial de la ONU sobre la República Democrática Popular de Corea (Corea del Norte), además de profesor de derecho en la Universidad de Chulalongkorn en Bangkok, Tailandia.

“Los Estados tienen la obligación primordial de respetar, proteger y promover los derechos humanos”, opinó el profesor Michael O’Flaherty de Irlanda, quien es miembro del Comité de Derechos Humanos de la ONU y ha fungido como relator para el grupo de expertos. “Acabar con la violencia y los abusos contra las personas por su orientación sexual e identidad de género debe convertirse en una prioridad para los gobiernos de todo el mundo”.

El profesor O’Flaherty es co-director del Centro de Leyes en Derechos Humanos y profesor de derechos humanos aplicados en la Universidad de Nottingham en el Reino Unido.

Los Principios de Yogyakarta abordan una amplia gama de normas sobre derechos humanos. Fueron desarrollados en respuesta a patrones bien documentados de abusos dirigidos en contra de las personas por su orientación sexual e identidad de género, real o percibida. Los defensores de los derechos humanos señalan entre las violaciones documentadas en todo el mundo: las ejecuciones extralegales, violencia y tortura, represión de la libertad de palabra y asociación, y la discriminación en el trabajo y en el acceso a la salud, educación, acceso a la justicia y en cuestiones de migración.

Para mayor información sobre los Principios de Yogyakarta, véase el Resumen y la hoja de Preguntas y Respuestas que se adjuntan.

El texto completo de los “Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género” está disponible para consulta en la página: http://www.yogyakartaprinciples.org/

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